Capitán Bermúdez regula el uso de monopatines y vehículos eléctricos de movilidad personal
- Flavio Patricio Aranda

- 10 jun
- 2 min de lectura
Este martes se aprobó un proyecto de ordenanza para establecer normas de circulación, requisitos de seguridad, edad mínima para conducir y sanciones para quienes incumplan la normativa. La iniciativa fue presentada por el bloque Justicialista. Qué dice.

El Concejo Municipal de Capitán Bermúdez aprobó este martes de una ordenanza destinada a regular la circulación de los vehículos de movilidad personal (VMP) en la ciudad. La propuesta apunta a establecer reglas claras para el uso de monopatines eléctricos, monociclos, hoverboards y otros dispositivos similares, con el objetivo de mejorar la seguridad vial y promover una movilidad sustentable.
El proyecto, presentado por el bloque oficialista, surgió a partir del crecimiento sostenido del uso de estos medios de transporte en la vía pública y de la ausencia de una normativa local específica que regule su circulación. La iniciativa fue aceptada 6 a 1: el voto en contra fue el de la edil libertaria Brunela Scaloni.
Los concejales señalaron que estos dispositivos representan una alternativa de movilidad eficiente, económica y amigable con el ambiente, aunque también implican riesgos que requieren una regulación adecuada.
La iniciativa define como vehículos de movilidad personal a aquellos autopropulsados por energía eléctrica, con una velocidad máxima de entre 6 y 25 kilómetros por hora y una potencia máxima de 500 watts. Entre ellos se incluyen monopatines eléctricos, bicicletas eléctricas, patinetas eléctricas, monociclos, hoverboards y segways.

Según el texto, los VMP podrán transitar por las calles del ejido urbano de Capitán Bermúdez, aunque quedará prohibida su circulación por la Ruta Nacional 11 debido al intenso tránsito de vehículos pesados. Tampoco podrán circular por la avenida Manuel Belgrano (interurbana), donde deberán utilizar la bicisenda paralela existente. En sectores sin infraestructura específica, deberán hacerlo por el margen derecho de la calzada.
La ordenanza establece una serie de requisitos obligatorios para circular, entre ellos: sistema de frenos eficiente, base de apoyo para los pies, uso obligatorio de casco, timbre o bocina, elementos reflectantes, luz delantera blanca y trasera roja, potencia máxima de 500 watts, condiciones seguras para baterías y cargadores y seguro obligatorio de responsabilidad civil contra terceros.
Además, los comercios que vendan estos dispositivos deberán entregar a los compradores una copia de la normativa y brindar información sobre las medidas de seguridad para su utilización.

Entre las conductas prohibidas se encuentran circular por veredas, cruzar semáforos en rojo, transportar pasajeros, circular sin DNI, superar los 25 km/h, conducir bajo los efectos del alcohol o drogas y estacionar en lugares no permitidos.
El proyecto también fija en 18 años la edad mínima para conducir vehículos de movilidad personal dentro de la ciudad.
En caso de infracción, se prevén multas de entre 30 y 200 unidades fijas, además de la posibilidad de retener el vehículo y trasladarlo al corralón municipal hasta que se regularice la situación.
La propuesta contempla la realización de campañas de educación vial impulsadas por el municipio para fomentar el uso responsable de estos dispositivos y promover formas de movilidad sustentable en la ciudad.




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