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La Justicia ordenó aplicar de inmediato la ley de financiamiento universitario y recomposición salarial

  • Foto del escritor: Redacción
    Redacción
  • 23 dic 2025
  • 2 Min. de lectura

Un juzgado federal hizo lugar a una medida cautelar presentada por el Consejo Interuniversitario Nacional y suspendió el decreto de Milei que condicionaba la vigencia de la norma. El fallo beneficia a universidades, docentes, no docentes y estudiantes.



El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N°11 otorgó una medida cautelar a favor de las universidades nacionales al hacer lugar al planteo presentado por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y otros actores, contra el Decreto 759/2025 del Poder Ejecutivo Nacional que condicionaba la aplicación de la Ley 27.795, norma que establece el financiamiento educativo y la recomposición salarial, y ordena su cumplimiento inmediato, al considerar que la administración del presidente Javier Milei incurrió en una inobservancia clara de un deber jurídico.


El conflicto se originó a partir de la promulgación de la legislación, que fue insistida por el Congreso con mayoría de dos tercios, y que el Poder Ejecutivo promulgó pero suspendió condicionalmente, supeditando su ejecución a que el Parlamento definiera el origen de los fondos.


Los demandantes sostuvieron que esta maniobra viola el artículo 83 de la Constitución Nacional, que obliga a promulgar y aplicar una ley cuando es ratificada por el Congreso con esa mayoría agravada.


El juez concedió una medida cautelar innovativa, ordenando suspender la parte del Decreto 759/2025 que condicionaba la vigencia de la ley y cumplir de manera inmediata con los artículos 5° y 6° de la Ley 27.795, que establecen la actualización de los fondos destinados a los salarios docentes y la actualización automática de las becas estudiantiles.


Entre los principales argumentos, el magistrado destacó la existencia de una omisión manifiesta del Estado en el cumplimiento de una ley vigente, un perjuicio grave e irreparable para docentes, no docentes y estudiantes, producto de la pérdida sostenida del poder adquisitivo; que la medida no afecta significativamente el interés público, ya que el impacto presupuestario estimado ronda apenas el 0,23% del PBI y la posible arbitrariedad del Ejecutivo, con afectación directa a la división de poderes.


La medida cautelar estará vigente hasta que se dicte la sentencia definitiva sobre el fondo de la cuestión. Como contracautela, el juzgado dispuso que la parte actora preste caución juratoria.


El fallo representa un respaldo judicial clave al sistema universitario público, en un contexto de fuerte ajuste presupuestario y reclamos salariales en todo el país.


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