Del Frade presentó un proyecto para crear dispositivos comunitarios de posvención ante el suicidio en Santa Fe

La iniciativa busca implementar progresivamente espacios de escucha, apoyo y acompañamiento para familiares, amistades y comunidades afectadas por una muerte por suicidio. El proyecto propone que el Ministerio de Salud sea la autoridad de aplicación y contempla la articulación con municipios, fundaciones y asociaciones civiles.

El diputado provincial Carlos del Frade, del Frente Amplio por la Soberanía (FAS), presentó en la Cámara de Diputados un proyecto de ley para establecer la implementación progresiva de dispositivos comunitarios de posvención ante el suicidio. La propuesta apunta a acompañar a familiares, amistades, referentes afectivos y comunidades e instituciones afectadas por una muerte por suicidio, fortalecer las redes de apoyo y facilitar el acceso a la atención profesional cuando resulte necesaria.
La iniciativa se conoció en un contexto marcado por cifras preocupantes. Según un informe de Unicef publicado en octubre, en Santa Fe se registraron 448 suicidios durante 2025, informados oficialmente en 2026. Además, entre 2021 y 2024, la provincia tuvo una tasa anual de suicidio de 7,2 por cada 100.000 habitantes de entre 10 y 19 años, por encima de la tasa nacional, que se ubicó en 5,9.
Qué son los dispositivos comunitarios de posvención
La posvención comprende el conjunto de estrategias, intervenciones y apoyos organizados que se desarrollan después de una muerte por suicidio, con el objetivo de acompañar a las personas afectadas y prevenir un impacto mayor en su entorno.
En ese sentido, el proyecto de Del Frade define los dispositivos comunitarios de posvención como espacios de escucha, apoyo y acompañamiento destinados a familiares, amistades, referentes afectivos y otras personas, comunidades e instituciones afectadas por una muerte por suicidio.
Entre sus objetivos, la iniciativa establece ofrecer acompañamiento accesible y sostenido; fortalecer las redes de apoyo para reducir el aislamiento y la estigmatización; facilitar espacios de escucha y apoyo entre pares; favorecer el acceso oportuno a la atención profesional, cuando sea necesaria, y promover la articulación de intervenciones sanitarias, sociales, educativas y comunitarias.
El texto también establece que la implementación deberá respetar principios como el enfoque de derechos, la dignidad, la autonomía y la diversidad de las personas. Además, contempla la gratuidad, la accesibilidad, la equidad territorial, la participación voluntaria, el consentimiento informado, la confidencialidad y la protección de los datos personales.
El proyecto propone que el Ministerio de Salud de Santa Fe sea la autoridad de aplicación de la futura ley. Entre sus funciones, deberá identificar las zonas prioritarias y planificar la implementación progresiva de los dispositivos, establecer criterios técnicos para su funcionamiento y garantizar la articulación con la red sanitaria y las instancias interministeriales y regionales existentes.
También tendrá a su cargo la celebración y supervisión de convenios para desarrollar estos espacios.
La iniciativa habilita, además, la firma de acuerdos con municipios, fundaciones y asociaciones civiles para la implementación de los dispositivos comunitarios.
Cómo se definirán las zonas prioritarias
La propuesta establece que la implementación será progresiva y se organizará a partir de la identificación de zonas prioritarias mediante criterios públicos y fundamentados.
Para determinar dónde se necesitan estos espacios, se deberán considerar tres aspectos centrales: la información epidemiológica disponible sobre muertes por suicidio, evaluada mediante series temporales; las necesidades de acompañamiento identificadas por los equipos sanitarios y las redes territoriales; y las barreras de acceso a los servicios de salud mental y al apoyo comunitario.
Sobre el abordaje propuesto, Del Frade explicó: “El acercamiento a las personas afectadas debe ser oportuno, respetuoso y no invasivo. La participación en actividades grupales requiere una instancia previa de orientación que permita acordar su pertinencia y las condiciones de participación”.

Equipos especializados y mecanismos de atención
El texto establece que los dispositivos deberán contar con personas coordinadoras que tengan formación profesional específica en posvención y acompañamiento grupal, supervisión técnica y un efector sanitario de referencia.
La autoridad de aplicación deberá determinar las condiciones de funcionamiento, entre ellas la composición de los equipos, los cupos, la frecuencia de los encuentros, las características de las sedes y los mecanismos para garantizar la continuidad del acompañamiento.
La iniciativa también delimita las responsabilidades de los espacios comunitarios: la evaluación clínica y las decisiones terapéuticas corresponderán exclusivamente a profesionales habilitados, de acuerdo con sus incumbencias. Los grupos de apoyo entre pares no reemplazarán la atención profesional cuando esta resulte necesaria.
Asimismo, cada dispositivo deberá contar con circuitos previamente acordados para responder ante situaciones de riesgo, atender urgencias y realizar derivaciones asistidas.
Un apartado específico para niñas, niños y adolescentes
El proyecto dedica un apartado a las intervenciones que involucren a niñas, niños y adolescentes, que deberán adecuarse a sus etapas de desarrollo y respetar su autonomía progresiva, participación e interés superior.
En estos casos, el Ministerio de Salud deberá asegurar la articulación con el sistema educativo y los organismos de protección integral de derechos, conforme a la normativa vigente.
“Una dimensión del abordaje integral”
Al explicar los fundamentos de la iniciativa, Del Frade sostuvo: “Nuestra iniciativa propone establecer dispositivos comunitarios de posvención ante el suicidio, destinados al acompañamiento de familiares, amistades, referentes afectivos y comunidades e instituciones afectadas por una muerte por suicidio”.
El legislador también destacó el papel de estas intervenciones dentro de las políticas de prevención y acompañamiento. La posvención constituye, según expresó, “una dimensión del abordaje integral de esta problemática”.
En esa línea, agregó: “Comprende intervenciones posteriores a una muerte que procuran ofrecer apoyo, fortalecer los vínculos y facilitar el acceso a cuidados cuando resulten necesarios”.




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