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Proponen crear un registro municipal de guías de turismo en San Lorenzo

Foto del escritor: Flavio Patricio Aranda
Flavio Patricio Aranda
hace 5 horas
4 min de lectura

Concejales presentaron una iniciativa para regular la actividad turística en la ciudad. El proyecto establece cuatro categorías de guías, requisitos de inscripción, obligaciones y derechos para los usuarios del servicio.



El bloque oficialista del Concejo de San Lorenzo presentó un proyecto de ordenanza para regular la actividad de los guías de turismo y crear un registro municipal que permita identificar a quienes prestan estos servicios en la ciudad.


La iniciativa fue presentada el 19 de octubre por los ediles Ore, Bulla, Gatti, Oggero y Cavagnero y busca establecer requisitos para el ejercicio de la actividad, jerarquizar la tarea de los guías y brindar mayores garantías a los turistas que contratan sus servicios.


Según los autores, la llegada de contingentes escolares, delegaciones y visitantes particulares durante todo el año hace necesario contar con personas capacitadas para brindar información confiable sobre la historia y el patrimonio local.


El proyecto establece cuatro categorías para organizar la actividad:


Guía de turismo con certificación: persona que acredite formación específica otorgada por una institución educativa competente y reconocida oficialmente.


Guía de sitio: quien cuente con capacitación para guiar en un área, edificio o lugar determinado de la ciudad.


Guía baqueano: persona que, sin título habilitante, posea conocimientos prácticos sobre los sitios rurales, costeros, agrestes o isleños de la zona.


Guía de pesca: quien preste servicios en la zona ribereña del Paraná y sus islas para actividades de pesca deportiva o recreativa.


La autoridad de aplicación sería el área de Turismo municipal, o la dependencia que en el futuro la reemplace. En ese ámbito funcionaría el Registro Municipal de Guías de Turismo de San Lorenzo, destinado a regular y promover la actividad.


Qué requisitos deberán cumplir


De acuerdo con el texto propuesto, para inscribirse en el registro los interesados deberán ser argentinos o extranjeros con residencia legal en el país, tener más de 18 años y residir en San Lorenzo o en alguna localidad del departamento homónimo.


También deberán acreditar la formación o capacitación correspondiente a la categoría solicitada. En el caso de títulos expedidos en el extranjero, tendrán que presentar la homologación o reválida correspondiente.


Entre los requisitos adicionales, el proyecto contempla el dominio fluido del castellano, la acreditación de otros idiomas cuando corresponda, la aprobación de un curso de primeros auxilios con renovación cada dos años y la presentación de un certificado de antecedentes.


Una vez inscriptos, los guías recibirían una credencial personal e intransferible con sus datos identificatorios, número de registro, categoría, idiomas acreditados y fecha de vencimiento, entre otros datos.


La credencial debería renovarse anualmente y los costos de emisión y renovación quedarían a cargo del guía, conforme a lo que establezca la ordenanza tributaria vigente.



Obligaciones y derechos de los turistas


El proyecto establece una serie de obligaciones para los guías habilitados. Entre ellas, portar la credencial en un lugar visible, brindar información veraz sobre el patrimonio histórico, cultural y natural, cuidar los espacios de interés turístico y promover prácticas sustentables y respetuosas del ambiente.


También deberán realizar al menos una capacitación anual, evitar acciones que pongan en riesgo la salud o la vida de los visitantes, cumplir con las normas vigentes y atender a una sola unidad de transporte por vez.


Además, deberán desarrollar únicamente las actividades para las que fueron contratados y abstenerse de solicitar pagos adicionales a los acordados.


En cuanto a los usuarios, la iniciativa reconoce el derecho a recibir información objetiva, amplia y veraz, conocer previamente las características y la duración del recorrido, la modalidad del servicio y la categoría del guía, así como recibir asistencia en caso de peligro.


Difusión de los guías habilitados


Otro de los puntos centrales es la promoción de los trabajadores inscriptos en el registro. Para ello, el área municipal de Turismo debería publicar la nómina actualizada en la página web oficial y las redes sociales de la Municipalidad, además de exhibirla en centros de información turística y espacios de interés para los visitantes.


El proyecto también propone fomentar convenios con colegios profesionales, instituciones educativas, organizaciones no gubernamentales y organismos especializados para impulsar la capacitación y jerarquización de la actividad.


Asimismo, establece que las agencias de viajes y turismo con domicilio en San Lorenzo deberán priorizar la contratación de guías inscriptos en el registro municipal.



Excepciones y sanciones previstas


La propuesta exceptúa de sus disposiciones al personal de museos, archivos, bibliotecas y otras instituciones que realice visitas guiadas como parte de sus funciones. También excluye a quienes acompañen ocasionalmente a delegaciones sin percibir una retribución adicional y a organizaciones sin fines de lucro que efectúen acompañamientos ocasionales sin fines comerciales.


En cuanto a la implementación, contempla un período transitorio de seis meses desde la entrada en vigencia de la ordenanza para que puedan inscribirse personas sin certificación que acrediten estar cursando estudios relacionados con la actividad en instituciones competentes. Esa documentación debería renovarse cada seis meses.


Finalmente, ante posibles incumplimientos, la autoridad de aplicación podría intimar al guía a regularizar su situación o revocar su inscripción, sin perjuicio de las sanciones previstas en el Código de Faltas municipal.


La iniciativa deberá ahora avanzar en su tratamiento legislativo para que el Concejo Municipal determine si San Lorenzo contará con un marco normativo específico para regular y promover la actividad de los guías de turismo.


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