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“Una casa puede perderse si no se escritura”: claves legales para regularizar tu propiedad

  • Foto del escritor: Flavio Patricio Aranda
    Flavio Patricio Aranda
  • 25 may
  • 2 Min. de lectura

En su columna semanal de Reporter 2, el abogado Walter Gómez advirtió sobre los riesgos de no escriturar una vivienda tras adquirirla con un boleto de compraventa. Recomendó asesorarse antes de cerrar operaciones y remarcó que hay cientos de juicios evitables si se actúa a tiempo. También explicó qué pasa si el vendedor fallece, si hay herederos o si la empresa vendedora ya no existe.

En su columna semanal de Reporter 2 por Canal 11 ARTV y Recuerdos FM 91.1, el abogado Walter Gómez dio una serie de consejos clave para quienes compraron su casa hace años por boleto de compraventa y aún no han escriturado, situación muy común en localidades como Granadero Baigorria, Capitán Bermúdez y Fray Luis Beltrán. “Una casa puede perderse si no se escritura. No quiero meter miedo, pero en algunos casos es así”, advirtió.


Gómez explicó que el boleto de compraventa no es un título de propiedad, y que sin escritura “uno corre muchos riesgos”, especialmente si quien vendió fallece, entra en quiebra o desaparece”. En esos casos, para regularizar la situación, se requiere “recurrir a herederos, pagar sucesiones o iniciar juicios muy costosos”.


“Técnicamente, la ley permite escriturar después, pero cuanto más se demora, más problemas aparecen. Lo ideal es hacerlo lo antes posible después del boleto”, aconsejó. A su vez, advirtió que “mucha gente compra sin averiguar nada, sin saber si el vendedor está inhibido, concursado o si realmente es el titular registral”.


Sobre qué ocurre cuando no hay escritura, Gómez fue claro: “He visto boletos armados con formularios de librería o descargados de internet, incluso en operaciones de cientos de miles de dólares. Eso puede terminar en juicios largos y carísimos”.


En algunos casos, explicó, puede usarse la Ley de Regularización Dominial (Ley Pierri) o intentar un juicio por usucapión, pero ambas opciones implican trámites largos y costos elevados. “No es una solución rápida ni barata”, afirmó.

El abogado Walter Gómez en la pantalla de Reporter 2, Canal 11
El abogado Walter Gómez en la pantalla de Reporter 2, Canal 11

También dejó en claro que la obligación de escriturar es de ambas partes: “El que vende puede exigirle al comprador que escriture, porque figura como propietario de un bien que ya no tiene. Eso le puede generar impuestos o embargos”.


Gómez subrayó que para iniciar una escritura, ambas partes deben cumplir sus obligaciones. “Si el comprador pagó en cuotas, debe demostrar que abonó todo. Si el vendedor es el dueño, debe tener la escritura, no estar inhibido y, si está casado, tener el consentimiento del cónyuge”.


Consultado sobre los altos costos de escrituración, explicó que los aranceles se calculan en función del valor fiscal del inmueble, aunque reconoció que los montos muchas veces no se ajustan a la realidad por tasaciones desactualizadas. “Aun así, conviene asumir ese gasto antes que perder todo por no tener los papeles en regla”.


Finalmente, recomendó no tomar decisiones a ciegas: “Hay que asesorarse con un profesional antes de comprar. No alcanza con preguntar a alguien que ‘una vez compró una casa’. Una consulta con un escribano o un abogado puede ahorrarte años de problemas judiciales”.



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